lunes, 8 de septiembre de 2008

Ley de salario familiar.

…Como veremos este tema que se discutió hace más de 60 años en Argentina sigue siendo muy actual para nuestro país.

Varias décadas atrás, más precisamente el 24 de octubre de 1941 se sancionaba la Ley 2986 por la cual los empleados de al Administración Provincial gozarían, además del sueldo fijado por el presupuesto anual, una asignación familiar que consistía en la cantidad de cinco pesos por hijo legítimo, y se extendía al cónyuge cuando estuviese incapacitado. La aprobación de la misma y su posterior reglamentación por el Gobernador Joaquín Argonz con fecha 1º de enero de 1942, colocaba a nuestra provincia entre las más avanzadas sociedades en materia de protección social para sus empleados y familias, en la línea impulsada por los grandes Pontífices católicos a través de Rerum Novarum y Quadraggessimo Anno, aplicada en las grandes naciones europeas y resistida por el parlamento nacional en diversas oportunidades.

El autor del Proyecto

En la sesión del 16 de mayo de 1941, con la fuerza que lo caracterizaba, el Senador por Rosario Francisco Casiello presentaba el proyecto de Ley que instituía el Régimen de Asignaciones Familiares para los trabajadores estatales, ya que a su juicio los sueldos de los mismos estaban “... muy por debajo del mínimo del costo de vida, sobre todo si se los relaciona con las funciones asignadas al empleado y a sus cargas de familia”. El citado legislador pertenecía a la pléyade de católicos sociales y militares de los Círculos Católicos de Obreros y la Acción Católica que se destacaron a nivel nacional como Arturo M. Bas y Juan Cafferatta, como así también a nivel provincial entre los que sobresalen César Berraz y Ramón J. Doldán.

Fundamentos de la Ley

Señala Casiello que aquella concepción del liberalismo, por la cual se considera al trabajo una mercancía y que ha terminado generando la reacción justa de los trabajadores, aunque acaparada ideológicamente por el marxismo, hacia los años cuarenta se había agravado por concebir “... al hombre como una máquina, como ente individual, sin atender ni a su verdadero carácter ni a su función social”. Sin embargo, este hombre explotado es un ser inteligente, dotado de alma inmortal, llamado a un destino trascendente, tanto en lo temporal como en lo sobrenatural. Y en virtud de ésas características que lo constituyen “... en ente social por excelencia”, destinado a convivir en sociedad, aparece la institución familiar, en la cual este hombre junto a su esposa e hijos encuentra el campo natural para el desarrollo de sus facultades, la satisfacción de sus deberes esenciales. Para Casiello, el trabajo no se agota en quien lo realiza, y siendo personal (en cuanto que es actividad propia del hombre), es necesario ya que sirve no solo a su propio sustento sino también al de los suyos. Por esta razón y tras recordar que el trabajo es un derecho-deber, precisa que la retribución del mismo “... debe ser suficiente no solo para atender las necesidades más premiosas de la familia, sino también para cubrir las ulteriores necesidades de ésta, en el cumplimiento de su misión y en la previsión de sus riesgos”. Cuarenta años después, Juan Pablo II reafirmaría en “Laborem Exercens” que “una justa remuneración por el trabajo de la persona adulta que tiene responsabilidades de familia será aquella que sea suficiente para fundar y mantener dignamente una familia y asegurar su futuro”, y que más allá de la modalidad que adopte (salario familiar u otro tipo de “ayuda social”) debe corresponderse con las necesidades efectivas, en otras palabras, “... al número de personas a su cargo durante todo el tiempo en que no estén en condiciones de asumir dignamente la responsabilidad de la propia vida” (Nº 19).

La suerte del proyecto

Salvo la oposición del Senador Ravena ya que parte del financiamiento de la nueva ley saldría de un impuesto al Jockey Club, otros senadores reivindican el espíritu de la Ley como Grassi quien señala que ante la crisis que viven los sectores trabajadores, “... quizás el salario no sea la solución, pero es indiscutiblemente una solución”. Este mismo senador, llegará a decir con palabras que parecen para nuestros días: “El clamor crece ¡Ay de nosotros, señores legisladores - y empleo el término “legisladores” en su más noble acepción - si no oímos el clamor. Sería inútil -y voy a repetir a Mons. D’Andrea -, recurrir a la caridad y las sociedades de beneficencia; el pueblo quiere trabajo y no quiere limosnas. ¡Ay de nosotros si no sabemos procurárselo!”. Por su parte, el Senador Questa no dejó de reivindicar la importancia de la familia, la cual a su juicio estaba experimentando una crisis profunda, por lo que era importante todo lo que se pudiese hacer en su favor, y si bien era imposible por parte del Estado un aumento de salarios, éste no podía desentenderse de la situación apremiante de miles de hogares humildes. Por ello sostendrá que al menos debía atenderse “... a sus cargas de familia, especialmente a sus hijos, que constituyen para la sociedad y para el país el más caro de sus patrimonios”. No menos importante había sido la postura de Joaquín Argonz durante la campaña electoral que lo llevó a la Gobernación de la Provincia, quien respecto a éste tema había manifestado: “Considero el salario familiar para empleados y obreros una gran conquista social, inspirada en las generosas concepciones del catolicismo, y con la colaboración valiosa de muchos estudiosos que han investigado este problema, hemos de esforzarnos por llevarla a la practica”.

Sanción de la Ley

Con las firmas de Emilio Leiva y Leoncio Gianello -Presidentes de las Cámaras de Senadores y de Diputados respectivamente -, la Legislatura Provincial sancionaba con fuerza de Ley el proyecto de Asignaciones Familiares - que si bien tenía algunas variantes - en lo medular se correspondía con el del Senador Francisco Casiello. Serían beneficiarios de la misma, los trabajadores que tuviesen hijos legítimos, legitimados o naturales menores de 16 años, y en el caso de los que cursaban estudios se extendía hasta los 18, que no gozaran de un sueldo superior a trescientos pesos o de cuatrocientos cincuenta si trabajaba la esposa o si los hijos ó si los hijos solteros aportaban al hogar, y en el caso de que la suma de los ingresos de ambos esposos no alcanzara a los trescientos pesos, se incluía a las hijas solteras hasta los 22 años. Tras otras consideraciones operativas (altas, bajas, etc.) se precisaba que dicho salario era inembargable y tampoco podía cederse, afectarse o comprometerse a favor de terceros por ninguna razón, a la par que creaba una Junta de Asignaciones Familiares para velar por el cumplimiento de las normas establecidas y para estudiar la posibilidad de acordar contribuciones especiales para los nuevos matrimonios que se formalizaren y para cada nacimiento.

Epílogo para nuestro tiempo

Desde su universalización en 1957, el salario familiar ha sido motivo de cortes y recortes, dándose la paradoja que por una parte todos hablan de preservar la familia y por otra acometen contra las magras asignaciones con las que teóricamente se la quiere fomentar. En éste momento crítico que estamos atravesando como país - a lo que se suma la delicada situación internacional - la única receta (que se viene aplicando desde años y con resultados a la vista) parece ser la precarización laboral, la sobrecarga horaria y los bajos salarios. También eran críticos aquellos momentos, de guerra mundial y carestía popular, pero Francisco Casiello, animado por la verdad que brota del Evangelio, la ley natural y la Doctrina Social no dudaba en señalar para sostener su proyecto, desnudando la mentira del “no se puede”: “Mientras la gran contienda que hoy desangra al mundo cierra una época y abre las puertas a otra, hagamos nosotros lo que esté de nuestra parte, para que ella sea lo más feliz que pueda esperarse. Dignifiquemos al hombre. Hagamos que impere en la medida de lo posible la justicia social. Afiancemos, sobre todo, a la familia, que es la célula de la sociedad. Consideremos al hombre, no como un individuo, como a un sujeto aislado, tal como lo quiso el concepto filosófico liberal, sino como un “ente social”. Amparémoslo en lo que tiene de más sagrado. Amparémoslo como padre, como jefe de familia”. Sin dudas, un hito de nuestra historia social para recordar y un ejemplo para imitar. Pbro. Edgar Gabriel Stoffel.